{"id":12583,"date":"2023-02-14T17:30:21","date_gmt":"2023-02-14T16:30:21","guid":{"rendered":"https:\/\/pre.madridemprende.anovagroup.es\/?post_type=noticias&#038;p=12583"},"modified":"2023-02-14T17:30:21","modified_gmt":"2023-02-14T16:30:21","slug":"los-incentivos-fiscales-que-debes-conocer","status":"publish","type":"noticias","link":"https:\/\/test.madridemprende.anovagroup.es\/en\/noticias\/los-incentivos-fiscales-que-debes-conocer\/","title":{"rendered":"Los incentivos fiscales que debes conocer"},"content":{"rendered":"<ul>\n<li><strong>Descubre los incentivos fiscales y las ayudas disponibles en la Comunidad de Madrid<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<h2>Ayudas para el fomento de la RSE y la conciliaci\u00f3n laboral<\/h2>\n<p>Este programa de ayudas consta de dos l\u00edneas:<\/p>\n<ul>\n<li>Implantaci\u00f3n de la responsabilidad social en los aut\u00f3nomos y en las peque\u00f1as empresas.<\/li>\n<li>Conciliaci\u00f3n de la vida laboral, familiar y personal a trav\u00e9s de incentivos econ\u00f3micos para el fomento del teletrabajo y de la flexibilidad horaria.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Pueden solicitarlas los trabajadores aut\u00f3nomos o por cuenta propia, las peque\u00f1as empresas y las sociedades civiles con personalidad jur\u00eddica, que ejerzan su actividad en la Comunidad de Madrid. En ambos casos se detallan requisitos espec\u00edficos.<\/p>\n<h2>Ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia<\/h2>\n<p>Se trata de ayudas que subvencionan parte de los gastos necesarios para la puesta en marcha de su actividad empresarial.<\/p>\n<p>Pueden solicitarlas:<\/p>\n<ul>\n<li>Las personas f\u00edsicas desempleadas que se den de alta como trabajadores aut\u00f3nomos, por cuenta propia en el r\u00e9gimen que corresponda de la Seguridad Social o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.<\/li>\n<li>Las personas previstas en el punto anterior que sean miembros de sociedades civiles o de comunidades de bienes. Tambi\u00e9n los socios de sociedades mercantiles, siempre y cuando no sean miembros del \u00f3rgano administrador de la sociedad.<\/li>\n<li>Las personas previstas en el primer punto, que sean socios trabajadores o de trabajo de cooperativas o sociedades laborales.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>El plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes<\/strong> ser\u00e1 de tres meses a partir de la fecha de inicio de la actividad del trabajador\/a aut\u00f3nomo\/a.<\/p>\n<p>La solicitud deber\u00e1 presentarse con posterioridad al inicio de su actividad como trabajador por cuenta propia, y una vez efectuados los gastos y realizados los pagos derivados de la puesta en marcha de su actividad.<\/p>\n<h2>Ampliaci\u00f3n de la tarifa plana para aut\u00f3nomos<\/h2>\n<p>Se trata de una ayuda que permite a los aut\u00f3nomos de la Comunidad de Madrid prolongar durante un m\u00e1ximo de doce meses adicionales la tarifa plana de cotizaci\u00f3n a la Seguridad Social; cuando finalice el per\u00edodo inicial del incentivo estatal, los aut\u00f3nomos recibir\u00e1n una ayuda econ\u00f3mica por parte de la Comunidad de Madrid, que les permitir\u00e1 mantener el coste en el pago de sus cuotas a la Seguridad Social durante 12 meses adicionales.<\/p>\n<p>Pueden solicitarla los aut\u00f3nomos que se hayan dado de alta en el R\u00e9gimen Especial de Trabajadores Aut\u00f3nomos de la Seguridad Social (RETA) o en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA) cumpliendo los requisitos para ser beneficiarios de la tarifa plana estatal.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n los socios de cooperativas de trabajo asociado o de sociedades laborales encuadrados en el RETA.<\/p>\n<p>Los aut\u00f3nomos que se hayan dado de alta en el RETA y cumplan las condiciones para ser beneficiarios, podr\u00e1n presentar la solicitud durante los dos \u00faltimos meses del per\u00edodo inicial de disfrute de la reducci\u00f3n estatal y hasta el \u00faltimo d\u00eda del segundo mes siguiente al citado per\u00edodo.<\/p>\n<h2>Tarifa Cero para aut\u00f3nomos<\/h2>\n<p>El objeto de las ayudas es el fomento y consolidaci\u00f3n del empleo aut\u00f3nomo en la Comunidad de Madrid mediante la concesi\u00f3n de las ayudas denominadas Tarifa Cero de la Comunidad de Madrid a los trabajadores por cuenta propia o aut\u00f3nomos que est\u00e9n acogidos a los \u00abIncentivos y medidas de fomento y promoci\u00f3n del Trabajo Aut\u00f3nomo\u00bb.<\/p>\n<p>Estos son los requisitos:<\/p>\n<ul>\n<li>Alta en RETA a partir del 1 de enero de 2023.<\/li>\n<li>Realizar su actividad en la Comunidad de Madrid.<\/li>\n<li>Ser o haber sido beneficiario de las reducciones previstas en los art\u00edculos 38 bis, 38 ter y 38 quater de la Ley 20\/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo aut\u00f3nomo.<\/li>\n<li>Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administraci\u00f3n del Estado, con la Comunidad de Madrid y con la Seguridad Social.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>Programa de Fomento del Emprendimiento Colectivo<\/h2>\n<p>Se trata de un Programa de Ayudas que consta de cuatro l\u00edneas:<\/p>\n<ul>\n<li>Apoyo a la creaci\u00f3n de nuevas cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserci\u00f3n.<\/li>\n<li>Apoyo al servicio de asesoramiento de las asociaciones de aut\u00f3nomos y de la econom\u00eda social.<\/li>\n<li>Financiaci\u00f3n de inversiones necesarias para la creaci\u00f3n de empresas de econom\u00eda social, incluyendo su ampliaci\u00f3n y desarrollo.<\/li>\n<li>Apoyo a la incorporaci\u00f3n de socios a las empresas de la econom\u00eda social.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>Pago \u00fanico de la prestaci\u00f3n contributiva<\/h2>\n<p>Si est\u00e1s pensando en iniciar un trabajo por cuenta propia, puedes beneficiarte del pago \u00fanico para montar tu empresa; esta medida facilita las iniciativas de empleo aut\u00f3nomo abonando en un solo pago el importe de la prestaci\u00f3n por desempleo a las personas beneficiarias.<\/p>\n<p>Pueden ser beneficiarios del pago \u00fanico o capitalizaci\u00f3n las personas beneficiarias de una prestaci\u00f3n por desempleo de nivel contributivo, que pretendan iniciar un proyecto empresarial, individual o societario. No pueden acceder quienes perciben un subsidio, renta activa de inserci\u00f3n o cualquier otra prestaci\u00f3n asistencial.<\/p>\n<p>En este caso, la solicitud se debe presentar con anterioridad al alta como trabajador aut\u00f3nomo o por cuenta propia.<\/p>\n<h2>Ayuda para el Abono de Cuotas de la Seguridad Social, tras capitalizar la prestaci\u00f3n por desempleo<\/h2>\n<p>Son las subvenciones consistentes en el abono de cuotas a la Seguridad Social a los perceptores de la prestaci\u00f3n por desempleo en su modalidad de pago \u00fanico.<\/p>\n<p>Pueden solicitar esta ayuda aquellos que hayan capitalizado la prestaci\u00f3n por desempleo o cese de actividad en la modalidad de pago \u00fanico a tanto alzado por su valor actual o capitalizaci\u00f3n total, certificada por alguna de las oficinas gestoras del Servicio P\u00fablico de Empleo Estatal (SEPE).<\/p>\n<p>El plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes es de 6 meses desde la fecha de alta en el correspondiente r\u00e9gimen de Seguridad Social.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.comunidad.madrid\/servicios\/empleo\/ayudas-personas-trabajadoras-autonomas-emprendedoras-entidades-economia-social\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>M\u00e1s informaci\u00f3n sobre estas ayudas<\/strong><\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>Incentivos fiscales<\/h2>\n<p>Si vives en la Comunidad de Madrid disfrutar\u00e1s de los siguientes <strong><a href=\"https:\/\/www.comunidad.madrid\/servicios\/atencion-contribuyente\/beneficios-fiscales\">beneficios fiscales<\/a><\/strong>:<\/p>\n<h3>Deducci\u00f3n por inversi\u00f3n en entidades de nueva o reciente creaci\u00f3n<\/h3>\n<p>Si vives en la Comunidad de Madrid puedes aplicarte una deducci\u00f3n en el IRPF por las cantidades invertidas en acciones o participaciones de empresas de nueva o de reciente creaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Tiene un porcentaje de deducci\u00f3n del 30% de la inversi\u00f3n y un l\u00edmite de deducci\u00f3n de 6.000 euros anuales.<\/p>\n<h3>Deducci\u00f3n por inversi\u00f3n en entidades cotizadas en el Mercado Alternativo Burs\u00e1til<\/h3>\n<p>Se trata de una deducci\u00f3n por el 20% de las cantidades invertidas en participaciones de entidades que coticen en el Mercado Alternativo Burs\u00e1til. Es incompatible con la deducci\u00f3n anterior.<\/p>\n<p>Para poder acceder a ella no se puede tener m\u00e1s del 10% del capital de la entidad, hay que mantener la participaci\u00f3n al menos durante dos a\u00f1os y la entidad debe de tener su domicilio en la Comunidad de Madrid.<\/p>\n<h3>Deducci\u00f3n para el fomento del autoempleo de menores de 35 a\u00f1os<\/h3>\n<p>Si tienes menos de 35 a\u00f1os y comienzas el ejercicio de su actividad empresarial o profesional podr\u00e1s aplicar una deducci\u00f3n de 1.000 euros en el IRPF en ese a\u00f1o.<\/p>\n<p>Para ello\u00a0se requiere que se contin\u00fae, al menos durante un a\u00f1o, el ejercicio de la actividad econ\u00f3mica.<\/p>\n<h3>Deducci\u00f3n por donativos a fundaciones y clubes deportivos<\/h3>\n<p>El porcentaje de deducci\u00f3n ser\u00e1 del 15 por ciento de las cantidades donadas a fundaciones constituidas conforme a la Ley 1\/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid.<\/p>\n<p>Puede aplicarse tambi\u00e9n a los donativos efectuados a los clubes deportivos elementales y b\u00e1sicos. En cualquier caso, la base de deducci\u00f3n de los donativos susceptibles de deducci\u00f3n no puede superar el 10 por ciento de la base liquidable del contribuyente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Tambi\u00e9n te puede interesar:\u00a0 <\/strong><\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/pre.madridemprende.anovagroup.es\/noticias\/cuota-cero-para-autonomos-2023-plazos-requisitos-y-beneficiarios\/\">Cuota cero para aut\u00f3nomos 2023. Plazos, requisitos y beneficiarios<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Comunidad de Madrid ofrece una serie de incentivos fiscales y ayudas a las personas emprendedoras o inversoras. En este art\u00edculo encontrar\u00e1s informaci\u00f3n sobre las diversas convocatorias abiertas y los enlaces para su tramitaci\u00f3n electr\u00f3nica. <\/p>\n","protected":false},"featured_media":12584,"template":"","meta":{"_acf_changed":false},"categories":[319],"noticias":[261,129],"class_list":["post-12583","noticias","type-noticias","status-publish","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias-y-blog","noticias-fiscalidad","noticias-subvenciones"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/test.madridemprende.anovagroup.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/noticias\/12583"}],"collection":[{"href":"https:\/\/test.madridemprende.anovagroup.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/noticias"}],"about":[{"href":"https:\/\/test.madridemprende.anovagroup.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/noticias"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/test.madridemprende.anovagroup.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/noticias\/12583\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/test.madridemprende.anovagroup.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/12584"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/test.madridemprende.anovagroup.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=12583"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/test.madridemprende.anovagroup.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=12583"},{"taxonomy":"noticias","embeddable":true,"href":"https:\/\/test.madridemprende.anovagroup.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/noticias?post=12583"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}