Las novedades de 2022 para los autónomos y pymes

Resumen

En este artículo te detallamos las principales novedades:

Incremento de la cuota de autónomos:

Los trabajadores por cuenta propia que coticen por la base mínima pasarán a pagar una cuota mensual de 294 euros. Este incremento se ve justificado por las subidas porcentuales de contingencias profesionales y de cese de actividad.

En cuanto a las bases de cotización, la mínima será de 960,60 euros mensuales y la máxima, 4.139,40 euros mensuales. En todo caso y en relación con las bases de cotización de los autónomos, habrá que atender las condiciones que se generan en tramos de ciertas edades.

Aportaciones a planes de pensiones:

Existen nuevas limitaciones, como la de 1.500 euros a las deducciones de estas aportaciones.

Régimen de estimación objetiva:

Los límites de tributación por módulos se mantienen y prorrogan.

IVA:

Este 2022 se prorrogan los límites en el régimen simplificado del Impuesto sobre el valor añadido y también en el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.

Impuesto de sociedades:

En los casos de importe neto de la cifra de negocios igual o superior a 20 millones de euros, el impuesto de sociedades tendrá una tributación mínima del 15% de la base imponible. La misma situación se produce en tributación por régimen de consolidación fiscal, al margen de la cifra de negocios.

Para sociedades de nueva creación, la tributación mínima pasa del 15 al 10%.

En el caso de las sociedades de arrendamiento de viviendas, la bonificación fiscal es actualmente el 45%.

IAE:

A partir de este año, los periodistas y profesionales de la información y comunicación tendrán su propia clasificación específica.

Pagos en efectivo:

Cabe recordar que, desde el pasado verano, el límite legal de los pagos en efectivos es de 1.000 euros en el caso de empresarios y profesionales. Esta cifra no afecta cuando es entre particulares.

Este límite hace referencia a la transacción completa, lo que incluye el pago de pequeñas cantidades fraccionadas.

Ley de startups:

Esta normativa introduce novedades en IRPF y en los límites de la exención de la retribución en especie, al igual que la retribución a los trabajadores mediante paquetes de acciones de la empresa. En este último caso el límite se amplía a los 50.000 euros (“stock opcions”).

Entre otras medidas, la ley también contempla que durante los primeros años de vida de las startups se mantiene la rebaja del impuesto de sociedades en el 15%.

Los emprendedores que compaginan su startup con un trabajo por cuenta ajena tendrán tres años para quedar exentos de cotizar como autónomos.

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